En el dinámico mundo empresarial, estar al tanto de las obligaciones legales es crucial para el buen funcionamiento de cualquier organización. Uno de los aspectos fundamentales para muchas empresas en Colombia es la designación de un Revisor Fiscal, una figura clave en el ámbito contable y de auditoría. En este artículo, te informaremos sobre quiénes están obligados a contar con un Revisor Fiscal en el año 2024, según lo establecido en la legislación colombiana.

Obligados a tener Revisor Fiscal en el año 2024

De acuerdo con lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 43 de 1990, en el año 2024, las sociedades comerciales deberán designar un Revisor Fiscal si al 31 de diciembre de 2023 cumplen con alguno de los siguientes criterios:

  1. Poseen activos brutos iguales o superiores a 5.000 SMLV en pesos ($5.800.000.000).
  2. Poseen ingresos brutos iguales o superiores a 3.000 SMLV en pesos ($3.480.000.000).

Además de estas condiciones específicas, el Código de Comercio en su artículo 203 establece la obligación de tener Revisor Fiscal en las siguientes entidades:

  • Sociedades por acciones.
  • Sucursales de compañías extranjeras.
  • Sociedades que voluntariamente decidan contar con este profesional.

Es importante destacar que el Revisor Fiscal desempeña un papel crucial en la vigilancia, control y verificación de los estados financieros de una empresa, proporcionando transparencia y confianza tanto a los accionistas como a terceros interesados.


En resumen, si tu empresa cumple con alguno de los criterios mencionados anteriormente o se encuentra dentro de las entidades señaladas por el Código de Comercio, es fundamental que designes un Revisor Fiscal para el año 2024. No cumplir con esta obligación puede acarrear sanciones y perjuicios para la empresa. Recuerda siempre consultar con expertos en temas contables y de auditoría para garantizar el cumplimiento adecuado de las normativas vigentes y el buen funcionamiento de tu organización.